Extranjería

Nueva regulación de las infracciones y el régimen sancionador

Extranjería

El nuevo Reglamento de Extranjería, publicado RD 1155/2024 y que entra en vigor el 20-5-2025, mantiene la regulación de las infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador, con las siguientes modificaciones:

1. Se establece la obligación del órgano instructor del procedimiento de incluir en su propuesta de resolución la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión.

2. Ya no cabe prescindir del trámite de audiencia en ningún procedimiento ordinario.

3. El órgano competente para resolver puede considerar no sólo que la infracción reviste mayor gravedad que la determinada en la propuesta de resolución sino también puede considerarlo respecto de la sanción, en cuyo caso igualmente debe conceder al interesado un plazo de 15 días para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes.

4. Respecto al procedimiento preferente, se especifican las circunstancias que, entre otras, se deben valorar especialmente para considerar que existen riesgos de incomparecencia a efectos de su tramitación por este proceso: ausencia de domicilio o de documentación identificativa, no hallarse prueba de que la persona extranjera haya entrado en el espacio Schengen de forma legal o el incumplimiento de una salida obligatoria.

5. Respecto al procedimiento simplificado, se excepciona de su tramitación las infracciones en materia laboral y social, que se deben iniciar por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y tramitar por el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones de orden social.

6. Se introduce el régimen de reconocimiento de resoluciones de expulsión de otros Estados miembros de la Unión Europea y Estados asociados Schengen en los procedimientos sancionadores para la imposición de expulsión.

7. En los procedimientos sancionadores para la imposición de multas se elimina la referencia a que sean hábiles los 15 días otorgados de plazo para pagar las multas desde su firmeza en vía administrativa.

 

 

 

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BUFETE MARRERO SL

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